¿Sabías qué... existen nuevos requerimientos para emitir correctamente las cartas de aviso de término de contrato?

Según el nuevo dictamen N°1315/26 publicado el 27/07, será obligación por parte del empleador estipular dentro del aviso de término de contrato, si se otorgará y pagará el finiquito laboral de manera presencial o electrónica.

Además se tendrá que señalar expresamente que es voluntario para el trabajador aceptar, firmar y recibir el pago en forma electrónica y que siempre podrá optar por suscribir el finiquito de manera presencial.